⚖️ Cambian las reglas para ofrecer pruebas en el Juicio Contencioso Administrativo Federal.
Ya no basta ofrecer de forma genérica “el expediente administrativo” para que se tengan por incorporadas las documentales privadas que obran en poder de la autoridad. Ahora, si el actor quiere que esos documentos produzcan efectos reales en juicio, debe identificarlos plenamente: qué documento es, cómo se reconoce y qué hecho pretende demostrar. Esto cambia la estrategia probatoria. Si el documento está bien identificado y la autoridad no lo exhibe, puede operar una presunción legal a favor del actor. Pero si el ofrecimiento fue vago o genérico, esa presunción no nace. Y sin esa presunción, puede perderse una herramienta probatoria decisiva. El criterio no impone un formalismo vacío. 🤝Lo que hace es elevar la carga técnica del litigante: quien quiera beneficiarse de la falta de exhibición de un documento, primero debe pedirlo con precisión. En la práctica esto importa mucho, porque en juicios contra autoridades como SAT, IMPI, IMSS o PROFECO, muchas pruebas relevantes están dentro del expediente administrativo y no en manos del actor al presentar la demanda. Por eso, la demanda ya no debe pensarse sólo como un escrito de impugnación. También debe construirse como una pieza de ingeniería probatoria. 📌En litigio administrativo, una línea mal formulada en el capítulo de pruebas puede marcar la diferencia entre ganar y perder.