Constitución y actuación de las Salas de lo Contencioso-administrativo
Los artículos. 15 (TS) y 16 (AN y TSJ) de la LJCA son otro trabalenguas con el que juegan con nosotros a la hora de los test y, por tanto, debemos intentar establecer un patrón coherente que nos ayude a distinguir e identificar rápidamente una posible pregunta:
Partimos de tres posibles órganos que podemos encontrarnos: TSJ, AN y TS
Ambos órganos actúan en secciones, con un requisito específico para los TSJ y es que estos solo actúan en secciones, cuando el número de sus miembros exceda de 5. AN y TS no requiere este requisito numérico.
📌 Para la deliberación, votación y fallo se requiere, además del Presidente
👉🏻TS: TODOS para casación y revisión, CUATRO demás casos y DOS para despacho ordinario. Por tanto, nuestro nexo de unión para recordar es que en el TS TODOS son PARES (2 o 4)
👉🏻AN y TSJ: Tienen algo en común y es que de ORDINARIO coincide con TS (2)
📌 El TSJ lo relacionamos antes con el 5 por tanto. Para resolver algo tan importante como CASACIÓN (interés de ley o unificación de doctrina) y REVISIÓN. Al ser tan importante vamos a requerir muchos Presidentes: El de la SALA que será Presidida por SU Presidente o el de las DEMAS Salas o Secciones no SUPERIOR a DOS (no más de dos Presidentes) y para COMPLETAR nuestros 5, se hará con Magistrados (hasta 3)
Espero y deseo que este TIP te resulte útil y aclaratorio para tratar de recordar semejante galimatías de números y órganos 💪🏻📚
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Javier Mercado Herrera
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Constitución y actuación de las Salas de lo Contencioso-administrativo
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