Manual de Políticas y Normas
Manual de Políticas y Normas Administración de los Recursos Humanos,
Cooperativa Visión Global, Inc.
La Confianza de tu Futuro Seguro
“Las empresas cooperativas construyen un mundo mejor”
MANUAL DE POLÍTICAS Y NORMAS
Administración de los Recursos Humanos
INDICE
I- INTRODUCCIÓN
II- GLOSARIO DE TÉRMINOS
III- PUESTOS DE TRABAJO QUE INTERVIENEN EN EL MANUAL DE POLITICAS Y NORMAS
IV- POLÍTICAS Y NORMAS GENERALES DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS
V- RELACIÓN DE FORMULARIOS UTILIZADOS EN LAS POLITICAS Y NORMAS
VI- HISTÓRICO ACTUALIZACIONES Y/O MODIFICACIONES AL MANUAL DE POLÍTICAS Y
NORMAS
VII- ANEXOS:
FORMULARIOS E INSTRUCTIVOS
I. INTRODUCCIÓN
La Cooperativa Visión Global, Inc. del Grupo Cooperativa Visión Global, Inc. para garantizar el logro de los objetivos de la
Empresa, conservará, apoyará y desarrollará a su personal, reconociendo su valor de manera
Efectiva, para lo cual procura mantener una justa compensación, por el servicio prestado y
Reconoce la eficiencia y calidad del trabajo realizado.
El objetivo de este Manual es normar la Administración de los Recursos Humanos de la
Cooperativa Visión Global, Inc.
A fin de disponer de personal idóneo para realizar el trabajo.
El presente Manual contiene las Políticas, Normas y Formularios que intervienen para facilitar
La comprensión del usuario y propiciar una guía de consulta para el desarrollo de las
Actividades, el control y estandarización de los procesos.
Las modificaciones a lo descrito en este documento deben presentarse previamente a la
Dirección de Organización y Sistemas, para fines de evaluación y posterior aprobación.
II. GLOSARIO DE TÉRMINOS
Término
Descripción
Contrato de Trabajo
Es aquel por el cual una persona se obliga, mediante una
Retribución, a prestar un servicio personal a otra, bajo la
Dependencia y dirección inmediata o delegada de ésta.
Desahucio
Acto por el cual una de las partes, mediante aviso previo a la
Otra y sin alegar causa, ejerce el derecho de poner término a
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Un contrato de trabajo por tiempo indefinido.
III.- ÁREAS Y PUESTOS DE TRABAJO QUE INTERVIENEN EN EL MANUAL
DE POLÍTICAS Y NORMAS
Cooperativa Visión Global, Inc.
- Gerente General Cooperativa Visión Global, Inc.
- Encargado Administrativo
- Auxiliar Administrativo
POLÍTICAS Y NORMAS GENERALES DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
(El cumplimiento de estas disposiciones es obligatorio)
RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DEL PERSONAL
Perfiles de Puestos y Evaluación:
1. Los candidatos deberán depositar su Currículum Vitae y llenar el formulario
“Solicitud de Empleo”,
En la Cooperativa Visión Global, Inc.
2. La Comisión de Recursos Humanos de la Cooperativa Visión Global, Inc.
Depurará las solicitudes de empleos y currículos del personal a contratar, a fin de autorizar la remisión a la Dirección correspondiente.
General de Recursos Humanos para la evaluación
3. El proceso de reclutamiento y selección de personal lo realizará la Dirección
General de Recursos Humanos de Cooperativa Visión Global, Inc.
Previa coordinación con la
Cooperativa Visión Global, Inc. Según se detecte la necesidad de personal
4. El Departamento Administrativo es el área responsable de controlar las funciones administrativas de la Cooperativa Visión Global, Inc.
5. Los aspirantes a ingresar a la Cooperativa Visión Global, Inc. deberán someterse previamente a las evaluaciones establecidas para los puestos de naturaleza profesional o de supervisión.
6. Las fuentes primarias de documentación para el reclutamiento y evaluación de candidatos, serán los perfiles de puestos de trabajo.
7. La Dirección General de Recursos Humanos de Cooperativa Visión Global, Inc.
Se auxiliará del perfil del puesto diseñado en función de sus actividades, tareas y naturaleza, el cual complementará el expediente psicológico del candidato evaluado, junto a las informaciones personales y académicas del mismo.
8. Los candidatos para ocupar puestos de trabajo en la Cooperativa Reservas deberán satisfacer los requisitos siguientes:
a) Someterse a examen médico para determinar sus condiciones de salud.
b) Comprometerse a cumplir todas las políticas y normas de la empresa.
c) Aceptar el nivel salarial y beneficios colaterales establecidos para el puesto.
d) Aceptar su sometimiento a un período probatorio de tres meses.
9. El candidato evaluado, será objeto de los procedimientos metodológicos aplicables para la selección del personal, como son: período probatorio, evaluación del desempeño y firma de un Contrato de Trabajo.
Requisitos de Ingreso:
10. Sólo podrán ingresar como empleados a la Cooperativa Visión Global, Inc.
Los aspirantes
Que cumplan con los siguientes requisitos:
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a) Estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
b) Ser mayor de edad y tener Cédula de Identidad y Electoral.
c) Haber aprobado satisfactoriamente las pruebas y las evaluaciones.
d) Disfrutar de buena salud física y mental, comprobado mediante la certificación de los exámenes correspondientes.
e) Presentar todos los documentos que se le requieran, que demuestre su conducta privada y no tener casos pendientes con la justicia.
f) Disponer de un documento de buena conducta, emitido por el organismo gubernamental correspondiente.
g) Cumplir con los requisitos establecidos para el puesto.
h) Someterse al período de prueba establecido.
i) No tener relación de parentesco, hasta el segundo grado de consanguinidad (padres, hijos, hermanos) y hasta el primero por afinidad (esposos) con los demás empleados de la Cooperativa Visión Global, Inc.
j) Cumplir con el horario de trabajo y las disposiciones legales y administrativas establecidas.
Fuentes de Reclutamiento:
11. Cuando en la Cooperativa Visión Global, Inc. se produzca una vacante, el máximo ejecutivo del área correspondiente solicitará la reposición del personal al Gerente General de la empresa, para que gestione con la Comisión de Recursos Humanos de la Cooperativa Visión Global, Inc. la autorización de tramitar, a la Dirección General de Recursos Humanos de Cooperativa Visión Global, Inc. los expedientes a evaluar.
12. Para ocupar los puestos vacantes, se dará prioridad a la selección interna de candidatos, según los procedimientos establecidos, siempre que el historial del posible candidato garantice la efectividad de la ejecución del puesto. Se recurrirá al reclutamiento externo, cuando el Consejo de Administración, determine la conveniencia de gestionar conocimientos y habilidades externas diferentes o superiores a los existentes internamente, a bien del desarrollo de la Cooperativa, siempre apegado al reglamento de la ética.
Tipos de Contratos de Trabajo:
13. Las contrataciones del personal se realizarán conforme a la naturaleza de los deberes y responsabilidades que se vayan a ejecutar, y podrán ser:
a) Contratos Fijos: Se refiere a contratos ininterrumpidos, en los cuales el trabajador presta sus servicios descanso establecidos por la Ley y las partes, para satisfacer las necesidades todos los días laborables, con los períodos de normales, constantes y uniformes de la organización.
b) Contratos por Obra o Servicio Determinado: En estos se designan aquellos empleados contratados para ejecutar labores especializadas no permanentes y cuya duración será el tiempo necesario convenido para la conclusión de la obra o servicio determinado.
c) Contratos Temporeros: Se designan los empleados contratados para realizar un trabajo específico y de relativa corta duración o para cubrir licencias o vacaciones de empleados fijos.
Carné de Identificación
14. Los empleados recibirán un Carné de Identificación con su nombre y código correspondiente, cuyo uso en todo caso y en todos los niveles de jerarquía, será de uso obligatorio en cualquier momento de su permanencia en la empresa.
15. Cooperativa Visión Global, Inc. proveerá a los nuevos empleados del Carné de
Identificación, el cual se deberá portar en sitio visible durante la permanencia en la infraestructura de la empresa.
16. En caso de pérdida o deterioro del Carné de Identificación, el empleado deberá comunicarlo por escrito y oportunamente a su supervisor inmediato, quien tramitará su reposición. En los casos de una segunda pérdida o deterioro en corto tiempo, el empleado deberá cubrir el costo de la reposición.
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Inducción y Orientación:
17. Cooperativa Visión Global, Inc. a través del Departamento Administrativo, ofrecerá al nuevo personal las orientaciones e informaciones concernientes a los aspectos generales de la empresa y los deberes correspondientes a su puesto. Será responsabilidad del Encargado Administrativo:
a) Darles la bienvenida a los nuevos empleados, en nombre de la Cooperativa Visión Global, Inc.
b) Ofrecer a los empleados de nuevo de ingreso, información sobre horario, remuneración, beneficios marginales, evaluaciones de desempeño, seguros de salud, entre otros aspectos de interés.
c) Orientar al nuevo personal, en cuanto al cumplimiento de las Políticas y
Normas de Recursos Humanos:
Será responsabilidad del Supervisor inmediato:
a) Proporcionar copia de la descripción de puesto correspondiente a los nuevos empleados.
b) Proveer al empleado de nuevo ingreso, de los equipos, útiles de oficina y material gastable necesarios para el buen desempeño de sus funciones.
c) Explicar los métodos y procedimientos de trabajo a los nuevos empleados.
d) Ubicar al nuevo empleado en su área de trabajo, previa presentación a los demás compañeros de la dependencia, al área completa, así como, a aquellos con quienes tendrá relaciones de trabajo.
e) Evaluar el progreso del empleado, de acuerdo a los métodos establecidos, motivarlo y orientarlo en cuanto sea necesario.
f) Supervisar que los nuevos empleados cumplan las normas y políticas de la empresa.
Re-ingreso de ex-empleados:
18. Los empleados que laboraron en la Cooperativa Visión Global, Inc. y posteriormente soliciten reingresar a la empresa, podrán hacerlo siempre que cumplan con los requisitos siguientes:
a) Que la terminación del contrato de trabajo haya ocurrido por renuncia voluntaria o por cualquier otra causa no perjudicial a los intereses de la empresa.
b) Que durante el tiempo transcurrido fuera de la empresa, no haya cometido actos al margen de la ley, ni haber sido condenado por estos. Para estos fines, deberá suministrar en original, certificación reciente de no antecedentes judiciales.
c) Que su historial de servicio sea satisfactorio y los resultados de la evaluación de desempeño del último año trabajado en la empresa, sea buena.
d) Que cumpla con los demás requisitos de evaluación y selección establecidos.
e) Que exista un puesto vacante.
HORARIO DE TRABAJO:
19. El personal que labora en la Cooperativa Visión Global, Inc. está en la obligación de asistir a su trabajo todos los días laborables como establece la Ley, de acuerdo al horario normal establecido.
20. La jornada de trabajo, durante los días laborables, será de 8:00 A.M. a 5:00 P.M. siempre y cuando no exista ninguna situación que afecte el normal desenvolvimiento de las actividades o de la Unidad, que amerite de una extensión del horario de trabajo, la cual podría abarcar días no laborables.
21. El personal de Conserjería tendrá un horario de trabajo de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.
22. El personal de la Cooperativa Visión Global, Inc. tendrán un
23. El personal de la Cooperativa Visión Global, Inc., disfrutará de una hora diaria para el almuerzo, que cada área de trabajo programará con su personal, a fin de no afectar el normal desenvolvimiento de las funciones.
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ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD:
24. La Gerencia General de la Cooperativa Visión Global, Inc. será responsable de establecer los mecanismos necesarios, a fin de supervisar y controlar la asistencia y puntualidad del personal de la empresa.
25. Los Supervisores de cada área serán responsables de velar por el fiel cumplimiento del horario establecido. Manual de Políticas y Normas Administración de los Recursos Humanos, Cooperativa Visión Global, Inc.
26. En caso de ausencia, tardanza o permiso, el empleado deberá completar y firmar el formulario Cooperativa Visión Global, Inc. “Control de Asistencia”, el cual indicará las razones que originaron la inasistencia o tardanza. Este formulario también será firmado por el Supervisor inmediato.
28. El Encargado Administrativo será responsable de asegurar que se archive el formulario Cooperativa Visión Global, Inc. “Control de Asistencia”, en el expediente del empleado para fines de seguimiento y control.
29. Se considerará como inasistencia del personal, cuando el mismo no se haya presentado al lugar de trabajo, sin causa justificada o cuando hayan transcurrido dos (2) horas del inicio de la jornada de trabajo y no haya reportado el motivo de la ausencia o tardanza.
30. Los permisos deberán solicitarse con un mínimo de dos (2) días de antelación a través del formulario Cooperativa Visión Global, Inc. “Control de Asistencia“, el cual se remitirá al Encargado Administrativo. En caso de eventualidad o causa de fuerza mayor, se tomará en consideración y se evaluarán las causas que originan el mismo.
31. Las ausencias de más de veinticuatro (24) horas por cualquier causa que no sea por enfermedad, las aprobará el Supervisor inmediato del empleado, el cual deberá reportar para fines de conocimiento al Gerente General de la Cooperativa Visión Global, Inc.
32. Cada Supervisor de área será responsable de otorgar los permisos solicitados por sus empleados, y remitir el formulario Cooperativa Visión Global, Inc. “Control de Asistencia” al expediente del empleado para fines de seguimiento y control.
33. La asistencia del empleado al lugar de trabajo después de la 8:15 A.M., se considerará tardanza.
34. El motivo de la tardanza se comunicará al Supervisor inmediato, tan pronto el empleado se presente al lugar de trabajo.
35. Cuando el empleado acumule tres (3) tardanzas injustificadas en un mes, se computarán como una ausencia.
36. La ausencia al trabajo sólo se justificará por enfermedad del empleado y el mismo debe notificar al supervisor el padecimiento que le impide asistir al lugar de trabajo.
37. El empleado que no se presente a su trabajo después de haber transcurrido dos (2) horas a partir del inicio del horario de entrada establecido, sin el aviso ni la justificación previa, se le computará como ausencia de un (1) día completo de labor.
SISTEMA PAGO DE SALARIOS:
38. El pago al personal por concepto de sueldo se efectuará quincenalmente, los días 15 y 30 de cada mes, el cual se hará efectivo mediante transferencia para acreditar el valor neto del sueldo devengado a la cuenta corriente o de ahorros del empleado.
39. La Cooperativa Visión Global, Inc. suministrará quincenalmente un comprobante de pago con los datos relativos a su salario, detallando los créditos y descuentos aplicados, por los medios establecidos para estos fines.
TERMINACION DE CONTRATO DE TRABAJO:
40. La Cooperativa Visión Global, Inc. tendrá como política que la terminación de un contrato de trabajo con su personal, deberá realizarse de acuerdo a lo establecido en el Código de Trabajo.
41. La terminación del contrato de trabajo de un empleado de la Cooperativa Visión Global, Inc. se originará por:
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a) Desahucio
b) Fallecimiento
c) Renuncia
42. La salida de un empleado de la empresa, sin importar la causa u origen, deberá estar sustentada por una comunicación y/o documento que la ratifique. En los casos de fallecimiento del empleado, se debe presentar copia del Acta de Defunción.
43. Al momento de la salida del empleado, este entregará formalmente a su Supervisor todas las pertenencias, documentos y activos a su cargo pertenecientes a la Institución.
44. El Comité de Gestión Humana de la Cooperativa Visión Global, Inc. conocerá los movimientos del personal, desde el nivel de servicio hasta el nivel de supervisor mandos medios. La salida de personal de nivel gerencial, será aprobada por el Consejo de Administración de la Cooperativa Visión Global, Inc.
45. La renuncia de un empleado, será dirigida a la Gerencia General de la Cooperativa Visión Global, Inc. a través de su Supervisor inmediato. Posteriormente, se enviará previa aprobación del Comité de Gestión Humana, al Departamento Administrativo, para fines del cálculo correspondiente a sus prestaciones laborales.
46. La terminación del Contrato de Trabajo de un empleado, se regirá de acuerdo a las reglamentaciones especificadas en el Código de Trabajo.
LICENCIAS AUTORIZADAS:
47. A los empleados se les concederán licencias en casos justificados, con el fin de dispensarlos de asistir al trabajo durante un período de tiempo predeterminado, sin afectar sus prerrogativas, según las siguientes causas:
CAUSAS DIAS DE LICENCIA:
Matrimonio 5 días hábiles
Maternidad (madre) 84 días calendario
Nacimiento de hijo (esposo). 2 días hábiles
Fallecimiento de padres,
Cónyuge, abuelos, hijos y
Hermanos.
3 días hábiles
LICENCIA SIN DISFRUTE DE SUELDO:
48. Cooperativa Visión Global, Inc. previa evaluación y autorización del Comité de Gestión
Humana o Consejo de Administración de la empresa, concederá a sus empleados licencia sin disfrute de sueldo.
49. El empleado deberá solicitar la licencia sin disfrute de sueldo por escrito a su supervisor inmediato, quien la remitirá con sus consideraciones al Encargado Administrativo, para su canalización.
50. El empleado que se encuentre en período de licencia sin disfrute de sueldo, estará en la obligación de realizar los aportes al Sistema Dominicano de Seguridad Social y las demás obligaciones del empleado cubiertas por el salario, durante el tiempo de la misma. El Departamento Administrativo será responsable de controlar esta acción.
MANEJO DE DOCUMENTOS Y EXPEDIENTES:
51. Los puestos a los cuales se les autorizarán solicitar documentación y/o expedientes de empleados, son los siguientes:
a) Gerente General Cooperativa Visión Global, Inc.
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b) Encargados, si corresponde a expedientes de personal bajo su supervisión o de otras unidades, para fines de promoción o traslado.
c) Auditor Interno.
52. La Cooperativa Visión Global, Inc. confeccionará un expediente de cada empleado, identificado por nombres, apellidos, y por el código del empleado, en el cual se archivarán los documentos relativos al mismo.
53. El Encargado Administrativo velará porque los documentos y/o expedientes de empleados, se manejen con la debida confidencialidad, acceso y uso restringido.
54. Los documentos y/o expedientes recibidos en el Departamento Administrativo, deberán clasificarse y archivarse diariamente.
55. El personal Gerencial y Supervisorio, podrá solicitar los expedientes de empleados a través del correo electrónico, y deberán firmar el formulario Cooperativa Visión Global, Inc. “Control de Expediente”, al momento de la recepción y/o entrega.
56. Sólo el Auxiliar Administrativo, estará autorizado para localizar, archivar y suministrar documentos al personal Gerencial y Supervisorio.
57. Los expedientes prestados a las áreas autorizadas, deberán devolverse en un tiempo no mayor a cinco (5) días hábiles.
58. La entrega y recepción de un expediente, deberá realizarse bajo inventario del contenido del mismo.
59. El personal autorizado que solicite un expediente o documento, será responsable del mismo, en caso de deterioro o pérdida de documentación o expediente, estará sujeto a las medidas disciplinarias establecidas.
60. Si un expediente o documentación es requerido, y ya ha sido prestado, el Auxiliar
Administrativo informará al solicitante la fecha que el expediente estará disponible o gestionará su obtención anticipada, para facilitarlo al nuevo requeriente.
CLASIFICACION Y VALORACION DE PUESTOS:
61. La Cooperativa Visión Global, Inc. se regirá en cuanto al sistema de valoración de puestos, por las políticas establecidas por la Dirección General de Recursos Humanos de Cooperativa Visión Global, Inc.
REMUNERACION:
62. La Cooperativa Visión Global, Inc. contará con un sistema de remuneración establecido por el Consejo de Administración de la empresa, con el objetivo de contratar y conservar el personal que requiere la misma.
63. Para cada categoría de puesto se establecerá un sueldo mínimo, un sueldo medio y un sueldo máximo. Asimismo, se realizarán aumentos porcentuales, acorde con la evaluación del desempeño, la capacidad financiera de la empresa, la inflación, los niveles de remuneración en el mercado de trabajo y cualquier otro factor que se considere pertinente y permita una remuneración justa.
EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO:
64. El Gerente General de la Cooperativa Visión Global, Inc., llevará a cabo el proceso de evaluación del desempeño al personal de la empresa, en coordinación con los Supervisores, Consejo de Administración y la Comisión de Recursos Humanos de la Cooperativa Visión Global, Inc. normas establecidas, a fin de valorar las cualidades, rendimiento y potencial del
65. La evaluación de desempeño se realizará de manera individual, según políticas y personal que presta servicios en la Cooperativa Visión Global, Inc. de forma objetiva e imparcial, como justo reconocimiento al mérito personal.
66. Los períodos de evaluación de desempeño se realizarán cada seis (6) meses, a fin de dar seguimiento a corto plazo a la ejecución de las tareas asignadas al empleado.
67. Los empleados de la Cooperativa Visión Global, Inc. recibirán la primera evaluación del desempeño al cumplir los tres (3) meses del período de prueba en la empresa. Al concluir satisfactoriamente el período de prueba exigido, será nombrado con carácter definitivo o fijo.
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CAPACITACION Y DESARROLLO
68. La Gerencia General Cooperativa Visión Global, Inc. Apoyada y apegada a las políticas establecidas, de ofrecer servicios de calidad, mantendrá al personal motivado, capacitado y con la debida disposición para desempeñar sus funciones de manera eficiente. Para estos fines, incluirá en el Plan Estratégico anual, el presupuesto necesario para los programas de capacitación y actualización del personal.
69. La Comisión de Recursos Humanos evaluará anualmente y formulará la política conjuntamente con el Gerente General, de las necesidades de adiestramiento y capacitación del personal de la Cooperativa Visión Global, Inc.
COMPENSACIONES Y BENEFICIOS:
70. La Gerencia General de la Cooperativa Visión Global, Inc. compensará al personal con una serie de beneficios adicionales al sistema de remuneración, a fin de favorecer la retención de sus mejores recursos humanos. Estos beneficios se detallan a continuación:
Aumento salarial:
71. Los aumentos salariales se establecerán basados en dos factores:
a) Evaluación de desempeño.
b) Cambios de nivel salarial en el mercado laboral.
Vacaciones:
72. Los empleados de Cooperativa Visión Global, Inc. tendrán derecho a disfrutar del período de vacaciones de 14 días laborables, al cumplir su primer año de servicio ininterrumpido en la empresa, y en lo sucesivo, se beneficiarán del pago de vacaciones según la escala establecida por el Código de Trabajo, Art.177, a saber:
TIEMPO DE SERVICIO PAGO A RECIBIR:
De un (1) año a 5 cinco años 14 días de sala rio ordinario.
De cinco (5) años en adelante 18 días de salario ordinario.
73. Cada Supervisor de área deberá planificar anualmente, el período de vacaciones del personal bajo su dependencia, y enviar al Departamento Administrativo a más tardar el treinta y uno (31) de diciembre de cada año, a fin de realizar el calendario de vacaciones de la Cooperativa Visión Global, Inc. para el próximo año.
74. El Gerente General de la Cooperativa Visión Global, Inc. deberá completar el formulario Cooperativa Visión Global, Inc. “Aviso de Cambio” para registrar las vacaciones programadas del empleado y remitirlo al Departamento Administrativo.
75. El Gerente General de la Cooperativa Visión Global, Inc. reportará los cambios en las vacaciones programadas de los empleados, al Departamento Administrativo, justificando las razones y causas de los mismos.
76. Las vacaciones pueden ser fraccionadas por acuerdo entre el empleado y la empresa; pero en todo caso, el empleado debe disfrutar de un período de vacaciones no inferior a una semana. Las excepciones a esta regla deberán ser autorizadas por el Gerente General de la Cooperativa Visión Global, Inc. conjuntamente con el Supervisor del área y remitir al Departamento Administrativo.
Regalía Pascual:
77. Los empleados recibirán entre el primero y el veinte (20) de diciembre, un salario o la proporción correspondiente al tiempo trabajado, si tienen menos de un año, por concepto de Regalía Pascual.
78. La Regalía Pascual será exenta del pago del Impuesto Sobre la Renta y de la
Tesorería de Seguridad Social, según lo establecido en el artículo 222 del Código de
Trabajo.
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Bonificación Anual:
79. Los empleados de la Cooperativa Visión Global, Inc. recibirán la participación en los beneficios de la empresa, dependiendo de:
a) Si la empresa al cierre de su año fiscal obtiene beneficios o utilidades. Si no los obtiene, la obligación desaparece.
b) Si hay beneficios, la participación debe pagarse a los empleados a más tardar entre los noventa y los ciento veinte días, después del cierre de cada operación económica de la empresa.
80. Anualmente, los empleados de la Cooperativa Visión Global, Inc. recibirán la bonificación correspondiente a los beneficios netos de la empresa, de conformidad con lo establecido en el artículo 223 del Código de Trabajo, según se muestra en el cuadro siguiente:
TIEMPO DE SERVICIO GRATIFICACION SALARIAL:
Menos de 1 año
Una suma proporcional al salario del tiempo trabajado.
De 1 año y menos de 3 años 45 días de salario
Más de 3 años 60 días de salario
Seguro Médico:
81. El empleado que ingrese a la Cooperativa Visión Global, Inc. podrá afiliarse a planes de salud ofrecidos a través de la Administradora de Riesgos de Salud, ARS de su preferencia, bajo las condiciones siguientes:
a) Si ya está afiliado a otra Administradora de Riegos de Salud, podrá traspasarse a la ARS de preferencia, después de haber realizado doce (12) cotizaciones en la ARS de origen.
b) Si no está afiliado a otra ARS o después de realizar el traspaso a la ARS, podrá afiliar a su cónyuge, hijos, hijastros y padres.
c) El empleado cubrirá el por ciento que estipule la Ley 87-01 para el Seguro Familiar de Salud y el por ciento que acuerde la empresa para los planes complementarios.
d) El empleado cubrirá el costo establecido para los dependientes adicionales
(Padres e hijos mayores de 21 años).
Exclusión del Seguro Médico:
82. Todo empleado que por cualquier razón rescinda del contrato de trabajo, quedará desafiliado del Seguro Médico. Solo conservará los servicios del Plan Básico de Salud por sesenta (60) días adicionales, a partir de la fecha de su desafiliación, según lo establece el Art. 124 de la Ley No.87-01 del Sistema Dominicano de Seguridad Social.
Fondo de Pensiones:
83. Todo empleado, según la Ley de Seguridad Social Núm. 87-01, deberá estar afiliado a una Administradora de Fondos de Pensiones. Esta afiliación tendrá una cotización máxima del diez por ciento (10%) del salario cotizable del empleado.
84. Los porcentajes de aportación para cubrir este costo a cargo del empleado y del empleador, estarán regidos según lo establecido en la Ley Núm. 87-01.
85. La Cooperativa Visión Global, Inc. suministrará las facilidades a sus empleados para afiliarse a la Administradora de Fondos de Pensiones de su preferencia.
DEBERES Y DERECHOS DEL PERSONAL:
Serán deberes de los empleados:
86. Respetar, cumplir y hacer cumplir las normas legales, políticas, reglamentos y disposiciones administrativas que sirven de sustentación a las operaciones de la empresa.
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87. Desempeñar las labores asignadas con responsabilidad, interés, dedicación, eficiencia, esmero y honestidad.
88. Cumplir con las órdenes de trabajo que les impartan sus superiores inmediatos y realizar las labores adicionales que por interés institucional se les asignen, siempre que sean compatibles con sus aptitudes y se traten de funciones propias del puesto, el departamento y/o la empresa.
89. Velar por la preservación de todos los intereses de la empresa.
90. Guardar la más absoluta reserva sobre los asuntos confidenciales.
91. Dar el debido tratamiento de respeto, cortesía y consideración a sus superiores, compañeros, subordinados y público en general, así como realizar sus labores con espíritu de solidaridad y unidad.
92. Mantener una conducta pública y privada que no afecte el buen nombre de la empresa.
93. Asistir a las reuniones, cursos, seminarios, charlas y otros actos requeridos por la necesidad del servicio o tendentes a la superación y capacitación personal.
94. Obedecer el régimen disciplinario, así como las demás normas éticas y de buenas costumbres ciudadanas.
Serán derechos de los empleados los siguientes:
95. Disfrutar de una remuneración equitativa, de acuerdo con la política salarial establecida.
96. Disfrutar de los beneficios y servicios adicionales a la remuneración, según lo establecido en el presente reglamento.
97. Ser evaluado en el desempeño de sus funciones de forma justa y objetiva.
98. Tener igualdad de oportunidades para optar por puestos de mayores responsabilidades y compensaciones, según su capacidad y méritos personales.
99. Ser objeto de la debida consideración y del buen trato de palabras y de acción.
100. Beneficiarse del descanso semanal, vacaciones, licencias y de los días declarados no laborables por las leyes.
101. No ser objeto de discriminación por motivos de raza, religión, política partidaria y situación socio-económica.
102. Ejecutar el trabajo bajo adecuadas condiciones físicas, así como una equitativa distribución del mismo.
103. Apelar cualquier acción en que se considere afectado desfavorablemente en la aplicación de los sistemas de evaluación del desempeño, régimen disciplinario y otras acciones de personal.
104. Recibir las indemnizaciones y beneficios que legalmente estén establecidas en el
Código de Trabajo y los reglamentos de la empresa.
105. Beneficiarse de los programas de adiestramiento y desarrollo personal.
106. Expresar sus puntos de vista, iniciativas e inquietudes relacionadas con su trabajo en procura de mejorarlo.
REGIMEN DISCIPLINARIO
OBLIGATORIEDAD:
107. Todos los empleados que laboran en la Cooperativa Visión Global, Inc. estarán en la obligación de someterse a las normas disciplinarias establecidas, así como, a las disposiciones, instrucciones y órdenes complementarias que procedan de los órganos directivos competentes.
108. Incurren en responsabilidad disciplinaria los supervisores que permitan, encubran o induzcan a los empleados a incurrir en faltas establecidas en el presente Manual.
FALTAS DISCIPLINARIAS:
109. Está establecido por la legislación laboral, que todo trabajador o empleado debe desempeñar las labores para las cuales fue contratado, en la forma, tiempo o lugar convenido y bajo la dirección de la autoridad a que está subordinado en todo lo concerniente al trabajo. Como consecuencia de lo descrito anteriormente y para los efectos de aplicación del presente reglamento, las faltas disciplinarias se clasifican en leves y graves.
Faltas Leves:
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110. Retrasar o descuidar involuntariamente sus labores.
111. Descuidar la adecuada conservación de los equipos, materiales y documentos de trabajo propiedad de la empresa.
112. Dejar de asistir al trabajo un (1) día durante el mes, sin causa justificada.
113. Acumular tres (3) impuntualidades injustificadas dentro del mismo mes.
114. Adoptar conducta incorrecta o descortés con sus supervisores y compañeros de trabajo.
115. Inducir a otros empleados en faltas leves en el cumplimiento de sus deberes.
116. Utilizar equipos o bienes de la empresa para beneficio personal, sin la debida autorización del funcionario competente.
Faltas Graves:
117. Cometer actos deshonestos, injuria, difamación, insubordinación individual o colectiva, adoptar conducta inmoral o que lesione el buen nombre o los intereses de la empresa.
118. Acosar sexualmente a los empleados.
119. Dejar de asistir al trabajo durante dos (2) días consecutivos o dos (2) días en el mismo mes, sin el previo y debido permiso del funcionario competente, salvo si se ha debido a causa de fuerza mayor.
120. Ausentarse del lugar de trabajo durante horas laborales, sin el permiso correspondiente.
121. Causar por negligencia, daños en la conservación de los locales, materiales, equipos y documentos de trabajo.
122. Divulgar información confidencial.
123. Incurrir en falta voluntaria en el cumplimiento de la función para la cual fue contratado.
124. Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias narcóticas o estupefacientes.
125. Alterar y/o modificar los métodos y procedimientos de trabajo establecidos, sin la autorización correspondiente.
126. Inducir a otros empleados en la comisión de faltas graves en el desempeño de sus funciones.
127. Dedicar tiempo en el horario de trabajo a actividades contrarias a las que fue contratado, sin la autorización correspondiente.
128. Recibir dádivas, beneficios, contribuciones, gratificaciones, obsequios, comisiones o prebendas por haber cumplido con su función o por haber gestionado una decisión favorable a un tercero.
129. Actuar con imprudencia o descuido inexcusables, comprometiendo la seguridad de la oficina y de las personas que allí se encuentren.
130. Negarse a adoptar las medidas preventivas indicadas por las autoridades competentes para evitar accidentes o enfermedades.
131. Poseer y ocultar intencionalmente una comprobada enfermedad contagiosa, que pueda poner en peligro la salud de los demás empleados.
132. Portar armas blancas, de fuego u objetos punzocortantes en el área de trabajo, sin la autorización competente.
133. Cualquier otra falta u omisión, que a juicio de la autoridad sancionadora, sean similares por su naturaleza, a las anteriormente indicadas.
SANCIONES DISCIPLINARIAS:
134. La violación a las reglas disciplinarias establecidas, conllevarán la imposición de las siguientes sanciones, de acuerdo a la gravedad de las faltas cometidas: Sanciones por incurrir en faltas leves:
VIOLACION SANCION:
Una violación Amonestación verbal en privado.
Dos violaciones
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Amonestación escrita, sin copia a su expediente personal.
Tres violaciones
Amonestación escrita, con copia a su expediente, y evaluación del empleado para decidir su permanencia o no en la empresa.
Sanciones por incurrir en causas graves:
VIOLACION SANCION:
Una violación
Amonestación escrita con copia a su expediente personal.
Dependiendo de la magnitud e implicaciones de la falta grave que cometa, el contrato de trabajo puede rescindirse.
Dos violaciones Rescisión del contrato de trabajo.
Sanciones en lo que respecta al renglón de las ausencias:
AUSENCIA SANCION:
Una ausencia no notificada Amonestación verbal en privado.
Dos ausencias no notificadas
Amonestación escrita con copia a su expediente personal.
Tres ausencias injustificadas consecutivas
Rescisión del contrato de trabajo.
ADMINISTRACION DEL REGIMEN DISCIPLINARIO
135. El régimen disciplinario establecido, será administrado por la Gerencia General de la Cooperativa Visión Global, Inc. y el Departamento Administrativo.
136. El Gerente General y los Encargados Departamentales vigilarán y observarán el mismo, así como la aplicación de las sanciones establecidas.
137. La rescisión del contrato de trabajo de un empleado de la Cooperativa Visión Global, Inc. será solicitada por el Encargado del área a la Gerencia General Cooperativa Visión Global, Inc. anexando
un informe detallado de los motivos para su posterior sometimiento a la aprobación del Consejo de Administración correspondiente.
DISPOSICIONES GENERALES:
Administración y Aplicación del Manual:
138. La Gerencia General de Cooperativa Visión Global, Inc. asegurará la interpretación y aplicación correcta de las disposiciones establecidas en este manual.
Modificación del Manual:
139. Las disposiciones establecidas en este Manual podrán modificarlas, las autoridades competentes, de acuerdo a los estatutos de la Empresa, cuando lo estimen conveniente.
Distribución del Manual:
140. Este Manual se distribuirá a todo el personal de la Cooperativa Visión Global, Inc
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Franklin Figueroa
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Manual de Políticas y Normas
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