Una fácil de Lexnet art. 4 RD 1065/2015, de 27 de noviembre
De conformidad con el Real Decreto 1065/2015 sobre comunicaciones, ¿qué sujetos no están obligados a comunicarse con la Administración de justicia, en todo caso, a través de canales electrónicos?:
Las personas físicas.
Las personas jurídicas.
Las entidades sin personalidad jurídica.
Los funcionarios de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen por razón de su cargo.
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