⚖️ Entrada en vigor: 5 de mayo de 2026
El pasado 4 de mayo, se publicó en el Decreto que establece la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior como el único medio para gestionar trámites ante la Secretaría de Economía, el Servicio de Administración Tributaria y la Agencia Nacional de Aduanas de México.
🔎 Cambios clave
✔️ Punto único de entrada: Todos los trámites deberán presentarse exclusivamente a través de la Ventanilla (operada sobre la plataforma VUCEM).
✔️ Expediente Único: Se crea un repositorio digital compartido que evitará duplicidad de documentos y agilizará procesos.
✔️ Notificaciones electrónicas obligatorias: Tendrán plena validez jurídica y surtirán efectos al día hábil siguiente.
⚙️ Implicaciones prácticas
En un plazo no mayor a quince días hábiles , contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, se habilitará la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior para la recepción de los trámites de las Autoridades en materia de comercio exterior.
Los trámites iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del decreto y aquellos que se encuentren pendientes de atención a través de la VUCEM, deberán desahogarse mediante la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior.